Sentencian a Julián N. por violación contra una adolescente indígena en el Estado de México
Al dictar sentencia, el tribunal reconoció la desventaja que enfrentaba Esperanza por tener 17 años y la relación de poder con su empleador.
El 17 de septiembre de 2026, un tribunal del Estado de México sentenció a Julián N. a 21 años de prisión por el delito de violación cometido contra Esperanza, una mujer indígena originaria de Temoaya que tenía 17 años cuando ocurrieron los hechos.
El 30 de abril de 2023, al regresar de una jornada laboral, Esperanza fue agredida sexualmente por su entonces empleador, quien aprovechó que estaban solos. Ella contó lo sucedido a su madre de inmediato y juntas acudieron a denunciar ante la Fiscalía.
En su sentencia, el tribunal juzgó con perspectiva de género: consideró la edad que Esperanza tenía al momento de los hechos y la relación de poder entre ella y su empleador.
Un proceso en el que Esperanza defendió su decisión
Durante la etapa intermedia, tanto la Fiscalía como la defensa del imputado y la propia jueza de Control presionaron a Esperanza para que aceptara un procedimiento abreviado. Esta vía permite terminar anticipadamente el proceso penal: el acusado admite los hechos y se establece una reparación del daño a cambio de una pena de prisión reducida.
Esperanza se opuso porque consideraba que la propuesta, limitada al pago de sesiones de psicoterapia, no constituía una reparación integral. A pesar de su negativa, la jueza de Control suspendió en múltiples ocasiones la audiencia intermedia para volver a plantear el procedimiento abreviado y debatir su oposición. Fue hasta 2026 cuando concluyó esa etapa y se abrió el juicio oral.
A lo largo del proceso, Esperanza también exigió que se reconociera su identidad como mujer indígena y que las autoridades judiciales respetaran sus derechos. El IMDHD la acompañó jurídicamente en su búsqueda de justicia.
Esta sentencia reconoce la responsabilidad penal por la agresión. El camino que Esperanza tuvo que recorrer también muestra cómo todavía hace falta el pleno reconocimiento de los derechos de las adolescentes y mujeres indígenas en los procesos penales y la necesidad de las autoridades de escuchar a las víctimas y respetar sus decisiones durante todo el proceso en pleno ejercicio de su autonomía.