IMDHD

 

Jueza de Morelos niega su libertad a Xóchitl, Defensora de DDHH, pese a sus condiciones de salud

  • Xóchitl, mujer defensora de derechos humanos acusada injustamente del delito de secuestro en Morelos, solicitó continuar con su proceso penal en libertad por cuestiones de salud.
  • La Jueza se lo negó a pesar de que el Ministerio Público no aportó pruebas que justificaran su privación de libertad.

El día de ayer se celebró la audiencia de cambio de medida cautelar de Xóchitl en cumplimiento del amparo resuelto a su favor en contra de la prisión preventiva oficiosa impuesta desde su detención. El Juez de Amparo ordenó que la Jueza de Control revocara la prisión preventiva oficiosa por ser inconvencional y violatoria del derecho a la presunción de inocencia y señaló que, si el Ministerio Público solicitaba la prisión preventiva justificada, debía dar razones y pruebas sobre la necesidad de su imposición.

Es decir, el Juez de Amparo ordenó que el MP justificara su solicitud (porque en él recae la carga de la prueba) y que la Jueza resolviera atendiendo los estándares y criterios internacionales sobre derechos humanos relacionados con la excepcionalidad de la prisión preventiva. 

En la audiencia, no solo el MP no presentó una sola prueba que fuera suficiente para justificar el supuesto riesgo de que Xóchitl se evadiera de la acción de la justicia, sino que realizó argumentaciones totalmente violatorias de derechos humanos, mismas que fueron avaladas por la autoridad jurisdiccional.

En cambio, como defensa de Xóchitl presentamos pruebas sobre su delicado estado de salud al tener epilepsia desde que tiene 10 años, incluso pasó ella misma a declarar diciendo que desde que está privada de su libertad se ha convulsionado 46 veces aproximadamente (cuando ella desde 2019 no había tenido crisis y tenía controlada su enfermedad) y no ha recibido atención médica al interior del penal. Asimismo señaló que lleva viviendo en Cuernavaca por más de 20 años y otorgó el domicilio en el que ha residido todo ese tiempo. Finalmente, hizo alusión al cuidado que ella tiene de su hijo Kevin (quien tiene una discapacidad auditiva total) y los apoyos que requiere para llevar su vida.

Ninguna de esas circunstancias fue suficiente:

La prisión preventiva como perversión de la justicia penal

Tanto la Jueza como el MP dieron los siguientes argumentos para negarle el cambio de medida cautelar:

  • Que aunque la médica del penal solo va 2 días a la semana, la atención que recibe Xóchitl es suficiente porque no necesita más.
  • Que al final lo que tiene ella es “solo epilepsia y no se desprende que requiera de atención específica”.
  • Que existe riesgo alto de fuga porque el delito que se le acusa es grave y tiene una alta penalidad.
  • Que Xóchitl presentó testigos como prueba para su defensa en juicio, lo que significa que tiene redes de apoyo que la van a ayudar a escapar de la justicia. 
  • Que su riesgo de fuga es alto porque México es un país muy extenso territorialmente, que “todavía si viviéramos en un país más pequeño no habría tanto riesgo, pero no es el caso”.
  • Que es mentira que su hijo la necesita por tener una discapacidad auditiva; él vive bien porque “hasta va a la escuela”.
  • Que supuestamente Xóchitl estuvo sustraída de la acción de la justicia porque desde 2019 que se libró su orden de aprehensión “su localización fue difícil y debieron buscarla”.
  • Que ni el dicho de Xóchitl ni su INE son suficientes para tener certeza de que efectivamente vive en el domicilio que señala. 
  • Que “nadie que esté acusado de este delito va a comparecer a juicio voluntariamente si no se les tiene en prisión preventiva”.

Estos argumentos, y muchos más, fueron la razón por la que el día de ayer se le negó a Xöchitl el poder enfrentar su proceso en libertad. Estas razones, altamente discriminatorias (en razón de su estado de salud y la discapacidad de su hijo), estigmatizantes y contrarias a los derechos humanos y la dignidad pesaron más que el grave estado de salud de Xóchitl.

Condenamos la decisión de la Jueza de control del distrito único de Atlacholoaya del Poder Judicial de Morelos y exigimos que se dé total cumplimiento a la sentencia de amparo ATENDIENDO SUS OBLIGACIONES DE PROTECCIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS.

Documento sin título